En primer lugar, nos gustaría defender que más que personas con discapacidad, somos personas con diversidad funcional, es decir tenemos unas aptitudes, talentos o cualidades que nos diferencian para poder ejercitar el funcionamiento de las AVD¹. Es posible regular la plena capacidad jurídica y ciudadana de las personas con diversidad funcional a través de los derechos humanos y restaurar sus valores para promover, proteger y asegurar el pleno derecho a la igualdad y a la dignidad. Esto es, para mejorar su calidad de vida, para conducirles a una vida independiente aumentando el derecho a la inclusión en la educación, en el empleo, en la accesibilidad, etc. Es decir, en el contexto de la sociedad en general y, por lo tanto, mejorando el grado de protección de los derechos que como ciudadanos y ciudadanas tienen.
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