jueves, 26 de mayo de 2016

21-M Día internacional de la eliminación de la discriminación racial (Aula Intercultural)

El Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial se celebra el 21 de marzo de cada año. Ese día, en 1960, la policía abrió fuego y mató a 69 personas en una manifestación pacífica contra las leyes de pases del apartheid en Sudáfrica.

Al proclamar el Día en 1966, la Asamblea General instó a la comunidad internacional a redoblar sus esfuerzos para eliminar todas las formas de discriminación racial y/o étnica, por tanto, el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial nos recuerda nuestra responsabilidad colectiva de promover y proteger los ideales de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo primer artículo afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. En 2001, la Conferencia Mundial contra el Racismo elaboró el programa más amplio y autoritativo de lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia conexa: la Declaración y el Programa de Acción de Durban. En abril de 2009, la Conferencia de Examen de Durban pasó revista a los adelantos mundiales logrados en la lucha contra el racismo y llegó a la conclusión de que todavía quedaba mucho por hacer.


lunes, 23 de mayo de 2016

Guía sobre “Educación ambiental y conservación de la Geodiversidad”.Junta de Andalucía.

Guía sobre “Educación ambiental y conservación de la Geodiversidadeditada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial de la Junta de Andalucía.

El índice de la publicación es el siguiente:
  • Capítulo 1: Introducción a las amenazas y problemáticas ambientales que afectan a la geodiversidad y al patrimonio geológico, aportando ejemplos de soluciones como los modelos de gestión de los geoparques.
  • Capítulo 2: Cómo actuar desde la participación, comunicación y educación ambiental ante las problemáticas ambientales de la geodiversidad y su integración en los diferentes programas educativos.
  • Capítulo 3: Programaciones y actividades tipo de educación ambiental para utilizar y tener en cuenta en la realización de acciones y proyectos de conservación del patrimonio geológico.
  • Capítulo 4: Recursos “geodiversos” – programas e iniciativas de referencia, centros de interés, publicaciones, webs, rutas históricas, etc.- que pueden ser utilizados como apoyo o referencia a la hora de planificar programas de educación ambiental.
  • Capítulo 5: Referencias bibliográficas utilizadas en la realización de la guía.
  • Capítulo 6: Glosario de términos de interés para el uso de la guía.

domingo, 15 de mayo de 2016

El mundo al revés o la infundada crítica a la acusación popular. Jordi Cabezas Salmerón

Conviene recordar que la “acción popular” o posibilidad de ejercer la acción penal -a través de la denominada acusación popular- es un derecho constitucional de todo ciudadano -consagrado en el artículo 125 de nuestra Carta Magna- aunque aquél no haya resultado ni víctima ni perjudicado directo por el hecho delictivo.

Asimismo, debe recordarse que el Derecho penal (el cual establece aquellas conductas consideradas delictivas y las consecuencias para quienes las realicen) es un Derecho público. Ello comporta que, en la generalidad de los supuestos, se considera ofendido por el delito no tan sólo a la víctima sino a la sociedad toda, pues la conducta lesiva ha atentado a un bien o interés “teóricamente” consensuado como digno de la máxima protección por parte del conjunto de ciudadanos que se sienten, por ello, también afectados.

En definitiva, en esas infracciones no cabe resolver el tema a través de una negociación entre ofensor y ofendido, ni cabe tampoco la venganza privada sino que debe participar en la respuesta toda la sociedad.

Una víctima podría pensar en perdonar o negociar –por ejemplo- a/con quien le ha lesionado mediante una brutal paliza y decidir no acusarle por ello; pero, si tal agresión ha sido conocida, el resto de la sociedad puede y debe acusar al citado agresor pues también se siente ofendida por su conducta y amenazada por probables acciones futuras de ese individuo en el caso de que no se tomen las medidas de castigo/reinserción establecidas. Al menos esa es la teoría. Y yo en este artículo me voy a ahorrar las críticas a la misma, que no son pocas. CONTINUAR LEYENDO
Fuente: Ssociologos